sábado, 29 de marzo de 2008

AcTiViDaD 3: mI sEnA

- Reglamento: Se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación profesional del SENA, quienes durante el tiempo de desarrollo del mismo se denominan Aprendices, independientemente de la modalidad de formación elegida para adelantar dicho programa, quienes se comprometen con lo establecido en el presente reglamento y las demás normas institucionales que le son aplicables.
-- Derechos del Aprendíz:
Artículo 12°. El derecho se entiende como la potestad que tiene el aprendiz de hacer o exigir lo establecido en la ley y en la normativa SENA vigente, sin exclusión alguna por razones de género, raza, origen familiar o nacional, política, credo o lenguaje.
Recibir inducción completa del SENA, del proceso formativo y del compromiso como aprendiz SENA.
- A la Formación Profesional acorde con el programa en el cual está matriculado
- A hacer uso adecuado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, herramientas, recursos: didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos)
- A disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz que apoyan su desarrollo durante el proceso formativo.
- A participar en las actividades curriculares y extracurriculares de formación programadas por el SENA.
- A ser tratado con dignidad y respeto por todos los integrantes de la Comunidad Educativa
- A recibir orientación académica y de comportamiento que estimule el desarrollo personal y promueva la convivencia social
- A hacer escuchado y atendido en mis peticiones siguiendo el debido proceso y el derecho de defensa
- A contar con Planes de Mejoramiento, cuando en el seguimiento al proceso formativo no se evidencie el logro de los resultados de aprendizaje propuestos
- A estar protegido contra riesgos o accidentes durante el tiempo del programa
- A disponer de los elementos de seguridad propios del programa de formación profesional con el fin de protegerse contra la fuente, el medio y su persona.
- A ser informado de los avances en el proceso formativo o notificado a través de los conductos regulares
- A participar en la evaluación de los instructores, como indicador para el mejoramiento de los procesos formativos
- A recibir la certificación que le corresponda, una vez cumpla la totalidad de los requisitos establecidos
- A expresar con libertad ideas y pensamientos.
- A recibir en el momento de su matrícula el carné estudiantil que lo acredite como aprendiz del SENA.
-- Deberes de Aprendíz:
Artículo 13°. El deber, se entiende como el vínculo moral, social y legal que compromete a la persona a asumir con responsabilidad todos sus actos.

- Conocer las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el Reglamento del Aprendiz
- Informar al coordinador académico sobre el retiro del programa de formación o sobre los cambios en la información registrada en el momento de la matricula.
- Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, tanto en la fase lectiva como productiva.
- Utilizar los elementos de seguridad dispuestos en los ambientes de aprendizaje para estar protegidos contra accidentes.
- Conservar y mantener en buen estado, orden y aseo las instalaciones físicas, el material didáctico, equipos y herramientas.
- Actuar siempre teniendo como base los principios y valores para la convivencia y utilizar el vocabulario que refleje respeto, cultura y educación.
- Hacer buen uso de los espacios de comunicación y respetar a los integrantes de lo Comunidad Educativa. Evitar el envío de material multimedial que contenga imágenes, videos o grabaciones que no sean objeto de las actividades formativas.
- Respetar los derechos de autor de materiales, trabajos y demás documentos.
Informar al instructor - tutor, coordinador, directivos o personal de apoyo cualquier irregularidad que comprometa el buen nombre y marcha del centro de formación.
- Cumplir con las actividades del plan de formación acordado con el instructor – tutor o del Plan de Mejoramiento en el horario acordado.
- Solicitar respetuosamente a los responsables de la información académica los avances en el proceso formativo.
- Apoyar el desempeño de los instructores - tutores en su práctica docente como elemento orientador y facilitador en la construcción del conocimiento.
Entregar oportunamente al Coordinador Académico las solicitudes o novedades que se le presenten.
- Participar en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental del Centro, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar los desechos.
- Respetar la dignidad, intimidad e integridad del ser humano al igual que los elementos de su propiedad.
- Cuidar y mantener la adecuada presentación personal según el ambiente y actividad a desarrollar.
- Apoyar, valorar y acatar las decisiones tomadas en forma grupal, siempre y cuando estas no afecten el buen desempeño formativo.
- Atender y cumplir las indicaciones para participar en salidas, en pasantías técnicas o intercambios de aprendices a nivel nacional o internacional.

-- Cancelaciones: El apoyo de sostenimiento asignado a un alumno, se puede suspender o cancelar motivado por causal académica o disciplinaria, en ambos casos se debe contar con el soporte de la novedad académica o disciplinaria debidamente suscrita por el Subdirector del Centro de Formación Profesional y comunicada al alumno.

- Causales de cancelación:

1. Cuando el alumno se retire del programa de formación profesional para el cual se
matriculó.
2. Cuando el alumno beneficiario solicite aplazamiento o interrupción del programa por
un término superior a los tres meses.
3. Cuando trascurra un mes y el alumno continúe sin iniciar la etapa productiva.
4. Cuando el alumno sea sancionado con condicionamiento de la matrícula
5. Cuando el alumno sea sancionado con cancelación de matrícula, que conste en
acto administrativo
6. Cuando el alumno suscriba contrato de aprendizaje.
7. Cuando el alumno suscriba contrato de trabajo o de prestación de servicios.
8. Cuando el alumno renuncie voluntariamente al apoyo de sostenimiento por medio
de escrito
9. Cuando se compruebe inexactitud en la información que dio origen al beneficio.

- Aplazamientos: Cuando el alumno beneficiario puede solicita el aplazamiento o interrupción de su formación, por un periodo hasta de 3 meses, debidamente aprobado en el acto administrativo suscrito por el Subdirector del Centro de Formación, es causal de suspensión temporal.

- Títulos: Los títulos otorgados por el SENA podrán ser homologados en Bolivia, Perú y/o Ecuador, como parte de un convenio firmado entre la entidad colombiana y las instituciones de formación para el trabajo de estos países de la Comunidad Andina de Naciones, CAN. Con esta estrategia se busca que los alumnos egresados de cualquiera de estas instituciones de formación le sean reconocidas las certificaciones expedidas por cualquiera de las entidades homólogas.

- Certificados: Para la obtención del certificado por Competencias Laborales, los Trabajadores deben ser evaluados en la empresa por parte de sus jefes o supervisores, quienes han sido capacitados con anterioridad por el SENA en materia de certificación por Competencias Laborales.

El certificado, entregado a través del programa “Colombia Certifica” tiene como objetivo reconocer las habilidades, destrezas y conocimientos acumulados por un trabajador a lo largo de su vida laboral, sin importar dónde o cómo fueron adquiridos.

Con el certificado se busca estimular a los Trabajadores colombianos para que se actualicen de manera permanente y así eleven sus niveles de Competitividad, lo que mejora las posibilidades de empleabilidad o de ascenso dentro de la empresa.

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